El juzgado de lo Social nº 1 de Melilla ha fallado a favor de una empleada que reclamaba aplazar sus vacaciones, que ya tenía aprobadas y que habían coincidido con el confinamiento del primer trimestre del año, a diciembre. Los tribunales se están inclinando a reconocer esta situación, igual que las situaciones de incapacidad temporal del trabajador. Al tratarse del tema vacaciones la sentencia es firme y no cabe recurso. Esta sentencia es la segunda e idéntica a la que recientemente emitió en septiembre un Juzgado de lo Social de Santander. Los jueces consideran que este caso se trata de un supuesto de fuerza mayor, una situación de excepcionalidad.
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Sentencia reconoce el derecho a posponer vacaciones
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