Debe hacerse si existe una razón objetiva y merecedora, no porque a la empresa eventualmente le moleste que la mujer haya quedado embarazada. Por ese motivo un juzgado de Sevilla ha condenado al Consejo Audiovisual de Andalucía a readmitir a la secretaria de su Presidente ya que este ordenó su despido cuando supo que estaba embarazada, por lo que su decisión vulneró el derecho fundamental de la trabajadora a no ser discriminada por razón de sexo. Ni siquiera si el puesto de trabajo es un puesto de confianza otorgado por libre designación. La discrecionalidad para despedir no supone libertad para vulnerar el ordenamiento jurídico, en especial los derechos fundamentales, según le recuerda la jueza al Consejo Audiovisual.
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Despido de mujer embarazada
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